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Abogado de Cancelación de Deportación en Houston

Anulación de la expulsión 42b

Los abogados de Serrano Law Firm PLLC tienen años de experiencia representando a clientes en casos difíciles de expulsión. En su esencia, cuando una persona tiene un caso en proceso de deportación, Inmigración y Aduanas está tratando de expulsar a la persona de los Estados Unidos. Nuestros abogados entienden la importancia y el impacto que un caso de expulsión tendrá en un individuo y su familia. Contratar al abogado adecuado al principio del proceso es clave. Es de vital importancia tener un abogado que entiende la ley, conoce el proceso, tiene la experiencia, pero igualmente importante, luchará celosamente por usted en la corte de inmigración.

Una persona puede ser sometida a un procedimiento de expulsión debido a antecedentes penales o simplemente por encontrarse en los EE.UU. sin un estatus legal. Las diversas formas de alivio deben ser revisadas con un abogado con experiencia para determinar el plan de acción apropiado. Cada caso es único y presenta circunstancias particulares, por lo que no basta con un planteamiento uniforme. La asistencia ineficaz de un abogado o la autoayuda no deben ser una opción. Por el contrario, un abogado de inmigración con experiencia debe ser contratado rápidamente para desarrollar un plan de acción que permita a la persona permanecer en los Estados Unidos.

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Existen varias formas de alivio para las personas en proceso de expulsión. A continuación se enumeran algunas de las formas más comunes de alivio. Obtenga un análisis detallado de su caso, llame para una consulta al 832-356-8331.

Anulación de la expulsión de un residente permanente - 42a Anulación de la expulsión

Hay dos formas de este tipo de alivio, Cancelación de Expulsión (COR) para Ciertos Residentes Permanentes (42A) y la segunda es Cancelación de Expulsión para Residentes No Permanentes (42B). Ambas son formas defensivas, lo que significa que las personas deben estar sometidas a un procedimiento de expulsión para tener derecho a que se cancele su expulsión. Por lo tanto, una solicitud de COR se presenta para detener o cancelar un proceso que ya se ha iniciado en un Tribunal de Inmigración.

Una vez que una persona se encuentra en proceso de expulsión, un juez de inmigración tiene autoridad para dictar una resolución cuando decide conceder o denegar una solicitud de cancelación de expulsión. Para tener derecho a esta forma de alivio, la persona:

  • Haber sido residente legal permanente durante un mínimo de 5 años.
  • Haber residido ininterrumpidamente en los EE.UU. durante un mínimo de 7 años después de haber sido admitido en los EE.UU. en cualquier estatus.Entrar ilegalmente en los EE.UU. no se considera un estatus; sin embargo, el individuo podría obtener un estatus legal posteriormente en cuyo momento comenzarían los 7 años.
  • No debe haber sido condenado por un delito tipificado como delito con agravante
  • No debe ser inadmitido en EE.UU. por razones de seguridad.

Una persona que cumpla los requisitos para acogerse al COR-42A debe presentar una solicitud al Tribunal de Inmigración con copia al ICE. El demandado tendrá que asistir a las audiencias judiciales iniciales y, finalmente, a una audiencia de méritos o individual. Teniendo en cuenta la importante acumulación de casos en los Tribunales de Inmigración, es posible que la audiencia sobre el fondo del asunto no se celebre hasta pasados unos años. El proceso puede ser largo y estresante. Durante este periodo, el demandado conserva el estatuto de residente legal permanente.

En la audiencia individual, el Juez de Inmigración tendrá en cuenta tanto los factores negativos como los positivos para determinar si concede o deniega la solicitud.

Los factores negativos incluyen:

  • Antecedentes penales
  • Prueba de mala moralidad
  • Problemas anteriores con la inmigración

Los factores positivos incluyen:

  • Lazos familiares en Estados Unidos
  • Tiempo que la persona lleva viviendo en Estados Unidos
  • Dificultades para la persona deportada
  • Dificultades para la familia inmediata de la persona deportada
  • Servicio en las fuerzas armadas de Estados Unidos
  • Historial laboral y justificante de pago de impuestos
  • Propiedad de empresas en Estados Unidos y otros vínculos comerciales
  • Servicio prestado a la comunidad
  • Buen carácter moral
  • Prueba de rehabilitación si la persona tiene antecedentes penales y se cuestiona su integridad moral.

Si se concede, la COR permite al residente permanente conservar su tarjeta verde. Esta forma de alivio es compleja y no debe pasarse por alto, ya que puede tener consecuencias nefastas si no se maneja adecuadamente. Es vital consultar con un abogado de inmigración desde el inicio del procedimiento de expulsión.

Cancelación de expulsión para residentes no permanentes - 42a Inmigración

La cancelación de la expulsión de determinados residentes no permanentes permite a un Juez de Inmigración cancelar la expulsión de personas que no son residentes permanentes si el demandado puede demostrar lo siguiente:

  1. Ha estado físicamente presente en los EE.UU. durante un período CONTINUO de 10 años antes del inicio del procedimiento de expulsión. Continuo significa que el demandado no ha estado fuera de los EE.UU. durante más de 90 días seguidos, o 180 días en total durante ese período de 10 años. Hay una excepción para los demandados que sirvieron al menos 2 años en el ejército, siempre que esa persona estuviera en los EE.UU. cuando se alistó o fue reclutado, y actualmente sigue sirviendo, o recibió una baja honorable.
  2. Buena moralidad durante 10 años
  3. No es inadmisible por determinados motivos penales y de seguridad
  4. Demuestra que la expulsión supondría un DAÑO EXCEPCIONAL Y EXTREMADAMENTE INUSUAL para un familiar que reúne los requisitos. Un familiar que reúne los requisitos es un ciudadano o residente de EE.UU. cónyuge/padre/hijo según la definición de la Ley de Inmigración y Nacionalidad.

Al igual que el COR-42A, el COR-42B es complejo. Suele haber dos áreas que suelen causar problemas a los encuestados. El primero es el buen carácter moral. En muchos casos, las personas llegan a la custodia del ICE después de haber sido detenidas por las autoridades locales por un delito. Por lo tanto, se plantea la cuestión del buen carácter moral. Ciertamente, algunos delitos tendrán más impacto en un caso 42-B que otros, y algunos casos penales descalificarán automáticamente a la persona para solicitar el COR.

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El segundo problema es demostrar la existencia de dificultades excepcionales y extremadamente inusuales. Las dificultades deben afectar a un familiar que reúna los requisitos. Las dificultades comunes, como la ayuda económica o las dificultades emocionales, no son suficientes. Las dificultades deben ser excepcionales y extremadamente inusuales. Determinar el alcance de la dificultad es crucial y debe evaluarse caso por caso.

Asilo

Una persona que teme regresar a su país de origen por miedo a ser perseguida puede solicitar un estatuto legal. Para ello, la persona debe demostrar que ese temor se basa en uno o varios motivos, como la raza, el sexo, la religión, la nacionalidad, la orientación sexual, las opiniones políticas o la pertenencia a un grupo social. Una persona que no esté en proceso de expulsión puede presentar la solicitud de asilo ante el USCIS en el plazo de un año desde su entrada en EE.UU. Hay excepciones a este plazo de un año. Si una persona está en proceso de expulsión, la persona presentaría la solicitud como una forma defensiva de alivio. Una solicitud de asilo defensiva no se presenta ante el USCIS, sino ante el Tribunal de Inmigración. Un juez de inmigración tiene la autoridad para conceder o denegar la solicitud en cuanto al fondo.

Retención de expulsión (Convención contra la Tortura)

La retención de la expulsión es una forma de alivio disponible para ciertas personas que pueden no calificar para el asilo. La retención está disponible para las personas que no la solicitaron en el plazo de un año desde su entrada en los EE.UU. y no cumplen una excepción, o para las personas que tienen ciertos antecedentes penales que las descalifican. Además, aunque una condena penal concreta no descalifique al individuo para solicitar asilo, el Juez de Inmigración puede tomar tal determinación. En estos casos, la retención puede ser el único remedio disponible. Las principales diferencias entre el asilo y la retención son: La retención es más difícil de conceder.

El nivel de prueba para un caso de retención es más alto. En un caso de retención, un individuo debe demostrar que es más que probable que haya una buena probabilidad de que la persona sea perseguida por motivos de raza, religión, opinión política o pertenencia a algún grupo social en particular. Un juez de inmigración debe aprobar la solicitud si un juez de inmigración determina que la elegibilidad para la retención de la deportación, en otras palabras, el juez de inmigración no puede negar la solicitud en el ejercicio de la discreción. Además, si se concede la retención de expulsión, la persona no será devuelta al país de persecución.

Sin embargo, si otro país está dispuesto a aceptar a la persona, EE.UU. puede tramitar su expulsión al país alternativo. Además, si las condiciones cambian en el país de persecución, el gobierno de EE.UU. puede iniciar de nuevo el procedimiento para intentar expulsar a la persona a su país de origen. Además, no hay beneficiarios derivados en la solicitud de retención. Cada miembro de la familia que desee que se le conceda la retención de expulsión debe presentar una solicitud por separado.

En el Serrano Law Firm, PLLC, nuestros abogados harán todo lo posible para ayudarle durante este tiempo difícil. Nuestros abogados están siempre dispuestos a consultar con usted.

Petición de cónyuge maltratado, VAWA

Un cónyuge o hijo maltratado puede optar a la residencia legal permanente si ha sufrido malos tratos a manos de un ciudadano estadounidense o residente legal permanente. Un solicitante en virtud de la Ley de Violencia contra las Mujeres de 1994 (VAWA) pueden estar en situación regular o irregular en el momento de solicitar esta ayuda, o si la persona se encuentra en proceso de expulsión.

Para ser considerado cónyuge maltratado, la persona debe demostrar:

Que la persona sea cónyuge de un ciudadano de Estados Unidos o residente legal permanente o que la persona presente la solicitud dentro de los 2 años siguientes al divorcio (debe demostrar que el motivo del divorcio fue el maltrato/crueldad del cónyuge).

  • La persona es de buen carácter moral
  • La persona puede clasificarse como familiar directo
  • La persona ha residido con el cónyuge (o ex cónyuge) ciudadano de Estados Unidos o residente legal permanente
  • El matrimonio no fue una farsa
  • La persona fue maltratada o fue objeto de crueldad causada por el cónyuge (o ex cónyuge) ciudadano de Estados Unidos o residente legal permanente.

Exención 212(C)

La dispensa 212(c) es una dispensa discrecional que puede conceder un Juez de Inmigración.

Aunque la exención 212(c) ya no existe, puede aplicarse retroactivamente si la condena de la persona fue anterior a 1996. Para ello, la persona debe demostrar lo siguiente:

  1. La persona ha vivido en Estados Unidos durante al menos 7 años
  2. La persona fue condenada por un delito tras declararse culpable antes de 1996 (los juicios no cuentan)
  3. Los factores positivos superan a los negativos
  4. La persona fue condenada por un delito para el que está disponible la exención 212(c) (no casos de armas, o penas de prisión de más de 5 años)

Los factores positivos incluyen:

  • Larga historia de residencia en EE.UU.
  • Familia en EE.UU.
  • Dificultades familiares
  • Servicio militar previo
  • Pago puntual de impuestos
  • Propiedad inmobiliaria en EE.UU.
  • Servicio comunitario y valor para la comunidad
  • Rehabilitación de delitos
  • Fuertes lazos comerciales en EE.UU.

Los factores negativos incluyen:

  • Antecedentes penales
  • Infracciones en materia de inmigración
  • Problemas de drogas/alcohol

Exención 212(H)

La dispensa 212(h) se utiliza para superar condenas por:

  • Delitos de vileza moral (excepto asesinato y tortura)
  • Comisión de múltiples delitos
  • Prostitución
  • Un delito de posesión de marihuana de menos de 30 gramos
  • Diplomáticos que hacen valer la inmunidad

Esta exención no se puede utilizar si una persona tiene una condena por un delito considerado como delito agravado o delitos de drogas distintos de la simple posesión de marihuana.

Esta renuncia puede basarse en 1 de 2 cosas:

  1. Cumplir la dispensa de 15 años (no se aplica a la prostitución) o
  2. Dificultades extremas para un miembro de la familia que reúna los requisitos

La exención de 15 años exige que:

  • La actividad en cuestión ocurrió más de 15 años antes
  • La admisión no sería contraria al bienestar nacional, la seguridad o la protección de Estados Unidos
  • Rehabilitación

El tribunal debe determinar que la persona ha tenido antecedentes penales limpios durante los últimos 15 años. Para tener derecho a la exención por dificultades extremas, el demandado debe demostrar:

  • Demostrar dificultades excepcionales e inusuales para un cónyuge, padre o hijo que sea ciudadano estadounidense. Las dificultades consideradas son: dificultades médicas, dificultades educativas, dificultades emocionales, dificultades económicas. Los factores favorables y desfavorables que se tienen en cuenta son los mismos que los enumerados anteriormente para la exención 212(c).

Si usted está en proceso de deportación y necesita un abogado de inmigración con experiencia en Houston, póngase en contacto con los abogados de la Serrano Law Firm, PLLC para una consulta hoy.

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